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El día 4 de diciembre de 2021 se llevó a cabo la publicación en el BOE de la Orden PCM/1353/2021 aprobada por el Gobierno, por medio de ésta se fijan las nuevas bases de cotización, la cuales tendrá un efecto retroactivo desde el 1 de septiembre de 2021, a los efectos de adaptarlas al aumento del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), el cual se fija en 965€/mes y 32,17€/día, según se concretó en el Real Decreto 817/2021, de 28 de septiembre de 2021.

Esta información nos obligará a Gestores Administrativos, Graduados Sociales y Abogados y en general a todos los responsables de Recursos Humanos a rehacer las cotizaciones desde el 1 de septiembre de 2021.

La propia Orden en su disposición transitoria segunda hace referencia a lo que sucederá sobre las cotizaciones realizadas de septiembre, octubre y noviembre especificando que “Las diferencias de cotización que se hubieran podido producir por la aplicación de lo dispuesto en esta orden respecto de las cotizaciones que, a partir de 1 de septiembre de 2021, se hubieran efectuado, podrán ser ingresadas sin recargo en el plazo que finalizará el último día del segundo mes siguiente al de la publicación de esta orden en el Boletín Oficial del Estado (4 de diciembre de 2021)”.

De esta forma, desde el 1 de septiembre de 2021 la cotizaciones se regirán de la siguiente manera;

Régimen General

Grupos de cotización Categoría profesional Base Mínima €/mes Base Máxima €/mes
1 Ingenieros y Licenciados. Personal de alta dirección excluidos del artículo 1.3 del ET 1.572,30 € 4.070,10 €
2 Ingenieros, Técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados 1.303,80 € 4.070,10 €
3 Jefes Administrativos y de taller 1.134,30 € 4.070,10 €
4 Ayudantes no titulados 1.125,90 € 4.070,10 €
5 Oficiales Administrativos 1.125,90 € 4.070,10 €
6 Subalternos 1.125,90 € 4.070,10 €
7 Auxiliares Administrativos 1.125,90 € 4.070,10 €
  Base Mínima €/día Base Máxima €/día
8 Oficiales de primera y segunda 37,53 € 135,67 €
9 Oficiales de tercera y Especialistas 37,53 € 135,67 €
10 Peones 37,53 € 135,67 €
11 Trabajadores menores de 18 años, cualquiera que sea su categoría profesional 37,53 € 135,67 €

 

Régimen especial de trabajadores autónomos

Los trabajadores autónomos también ha visto incrementada sus cuotas a la Seguridad Social, al producirse un cambio en las cotizaciones por contingencias profesionales, pasando del 1,1 % al 1,3 %, y las cotizaciones por cese de actividad que suben del 0,8 % a un 0,9 %, las cotizaciones por contingencias comunes y formación profesional en su caso se mantienen en un 28,3 % y un 0,1 % respectivamente.

De esta forma los autónomos pasan a tener un tipo de cotización del 30,6 % respecto a un 30,3 %. Esto se traduce en una subida mensual de 3 € para aquellos autónomos que tengan la base mínima (944,40 €), pasando de este modo de 286 € a 289 €.

Este sector aún se verá más afectado en el año 2022, en el que se espera que las bases de cotización mínima y máxima se vean incrementadas en 1,7 %.

 

AÑO 2021
Bases de cotización Euros Tipo Cuota mensual
Base mínima 944,40 € 30,6 % 288,99 €
Base máxima 4.070,10 € 30,6 % 1.245,45 €

 

AÑO 2022
Bases de cotización Euros Tipo Cuota mensual
Base mínima 960,60 € 30,6 % 293,44 €
Base máxima 4.139,40 € 30,6 % 1.266,66 €

Sistema especial empleados de hogar.

Las bases de cotización por contingencias comunes a este sistema serán determinadas por medio de la siguiente escala en función de la retribución percibida:

 

Tramo Retribución mensual ( euros/mes) Bases de cotización
1.º Hasta 259,00 222,00
2.º Desde 259,01 Hasta 403,00 365,00
3.º Desde 403,01 Hasta 548,00 509,00
4.º Desde 548,01 Hasta 692,00 653,00
5.º Desde 692,01 Hasta 838,00 798,00
6.º Desde 838,01 Hasta 981,00 941,00
7.º Desde 981,01 Hasta 1.125,90 1.125,90
8.º Desde 1.125,91 Hasta 1.228,00 1.177,00
9.º Desde 1.228,01 Hasta 1.388,00 1.322,00
10.º Desde 1.388,01 Retribución mensual

 

Fuente: https://www.boe.es/boe/dias/2021/12/04/pdfs/BOE-A-2021-20075.pdf

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